Lo que debes saber del contrato de compraventa

El contrato de compraventa de una propiedad es uno de los más importantes que se firman a lo largo de la vida, por lo que no hay espacio para errores. Para enfrentarlo con tranquilidad, es necesario asegurarse de que no se nos escape ningún detalle.

El momento de firmar

Encontrar la casa que buscamos no es el único de los requisitos para convencernos de la compra. Antes de firmar el contrato, debemos asegurarnos de que todo está en orden: el estado de la vivienda, de sus propietarios, si está libre de cargas o no. También es necesario solicitar el certificado de eficiencia energética y que el vendedor esté al día con las cuotas de su comunidad. Podemos solicitar una nota simple al Registro que aporta buena parte de la información necesaria, así como reclamar al vendedor los documentos que demuestren estos aspectos.

Precontrato de compraventa

Si antes de firmar el contrato suscribiste algún acuerdo previo, puede que te veas obligado a firmar el contrato sin importar tus circunstancias. En estos casos no solo perderás el anticipo, sino que el vendedor podría reclamar el cumplimiento del acuerdo y una indemnización indiferentemente de la aprobación de la financiación.

El contrato

Si el piso a adquirir es nuevo, la firma será del administrador o apoderado del negocio, mientras que la compraventa entre particulares se firma por todos los propietarios (incluso en herencias y viviendas gananciales). El contrato incluye la identificación de las partes, la descripción de la propiedad y el estado de la comunidad y sus penalizaciones en caso de que una de las partes no cumpla con sus obligaciones. Cierra con el precio pactado, la forma de pago y la distribución de los gastos derivados de la operación (como tasaciones).

El notario

Aunque firmar ante la notaría no es obligatorio, es recomendable, pues mientras que el contrato privado es válido para formalizar la compraventa, a la hora de acudir al registro para inscribir la compra y que la vivienda figure a nombre del comprador, es necesario que se haya elevado a escritura pública ante un notario.

Después del contrato

Tras la firma es necesario pagar los impuestos derivados de la compra (el IVA en caso de ser nueva o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, de ser usada). Con el justificante de la liquidación de tributo se acude al Registro para inscribir la compra. Si después de la compra encontramos defectos en la obra o vicios ocultos, el reclamo puede hacerse en los seis meses posteriores a la compra si es un piso usado y de uno a diez años, en una nueva (en función del problema que presente).

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